AUTO CONSTITUCIONAL 167/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 167/2006-RCA

Fecha: 31-May-2006

improcedente in limine

Mediante Resolución 06/2005, de 5 de noviembre, el Tribunal de amparo, la Sala Civil Primera del Distrito Judicial de Tarija, declaró improcedente in limine el recurso de amparo, con el fundamento de que en conformidad al art. 60 del DS 27328, se encuentra previsto el recurso administrativo de impugnación contra los actos administrativos constitutivos del proceso de contratación, por lo que “la parte tiene aún expedito el recurso de impugnación señalado e inclusive el proceso contencioso administrativo” (sic).