APRUEBA el RECHAZO
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31 inc. 4) de la LTC, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 24 de abril de 2006, pronunciada por la Fiscal Doris Rivero Urrutia de Prado, que rechaza promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad a instancia de Humberto Monasterio Iglesias, demandando la inconstitucionalidad del art. 205 del CPP.
- En consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- II.2.1.
- la ausencia de fundamentación, que es un elemento exigido por el numeral 3 de la norma citada, impedirá conocer los motivos por los que se considera inconstitucional la norma impugnada y la importancia de la misma en la resolución de la causa que origina el recurso”,
- II.2.3
- (Peritos).
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