Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0433/2006-R
Fecha: 09-May-2006
II.3.
II.3. Mediante memorial presentado el 17 de agosto de 2005 (fs. 2) los recurrentes solicitaron a la Fiscal Adjunta de Cliza garantías personales, refiriendo que hace tres meses atrás fueron objeto de calumnias y difamaciones por parte de los socios de la Asociación de Pozo de Agua Potable de “Chullpa Pata” y Villa “San Marcos” con amenazas de muerte, y que en dos oportunidades los dirigentes de dicha asociación les cortaron el servicio de agua potable; siendo definitivo el corte que se practicó el 6 de agosto de 2005, con el pretexto de que sus inquilinos son personas no gratas en Villa “San Marcos”.