SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0488/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0488/2006-R

Fecha: 23-May-2006

conceder

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional, con el voto disidente de uno de sus miembros determina conceder el amparo solicitado y declarar la nulidad del memorando de agradecimiento de servicios y la restitución del ítem 6790, debiendo aplicarse la RM 685, institucionalizando el cargo de Bioquímica del Hospital Obrero “Nº” 7 mediante convocatoria interna dirigida a la recurrente, con el argumento  de que el hecho de que hubiera cobrado su finiquito al culminar sus relaciones laborales con la institución, no puede dejarse de considerar el estado de necesidad en el que se hallaba la recurrente para cobrar sus beneficios sociales, y la determinación de la cesación laboral de la recurrente por la autoridad recurrida  no se fundamenta en ninguna causal de despido lo que constituye un acto ilegal y arbitrario, más aún cuando el Director Ejecutivo de la CNS mediante fax de 16 de septiembre de 2005, indica que el caso sea reconsiderado y se proceda a la recontratación de la recurrente.