Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0571/2006-R
Fecha: 20-Jun-2006
II.5.
II.5. Los recurridos resolvieron la apelación citada mediante la Resolución 165/2005, de 27 de junio, revocando en parte la decisión de primera instancia, y declarando probada la acusación relativa a la comisión de las faltas previstas por el art. 40 numerales 6 y 7 de la LCJ con relación a la denuncia 53/2004, sancionando al recurrente con la suspensión del ejercicio de sus funciones sin goce de haberes por seis meses (fs. 119 a 121).