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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0606/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0606/2006-R

    Fecha: 27-Jun-2006

    I.2.3. Intervención del tercero interesado

    El abogado del tercero interesado, en audiencia, expresó que el FNDR señaló domicilio procesal en la Secretaría del Juzgado, y sus personeros no se apersonaron ante la Sala, por lo que se aceptó el domicilio señalado en el recurso de apelación, pues los estrados judiciales son únicos e indivisibles; por lo que solicitan la improcedencia del recurso.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades  recurridas y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
    • a)
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.

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