SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2006-R

Fecha: 27-Jun-2006

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de hábeas corpus pronunció Resolución declarando improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) el representado del recurrente se encuentra incriminado ante el Tribunal de Sentencia de Achacachi por el delito de falsedad material, proceso que se sustancia conforme al Código de procedimiento penal en el que la autoridad judicial obró con plena jurisdicción y competencia; 2) el hábeas corpus no es una instancia para corregir actuaciones jurisdiccionales que no tengan relación con el derecho a la libertad; 3) no se puede hablar de detención indebida ante la existencia de elementos de convicción suficientes de que el imputado es con probabilidad autor del hecho punible.

Los antecedentes expuestos precedentemente muestran que el caso no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 18 de la CPE, por lo que el Tribunal de hábeas corpus al haber declarado improcedente el recurso ha efectuado una adecuada compulsa del mismo y dado cabal aplicación al citado precepto constitucional.