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    AUTO CONSTITUCIONAL 220/2006-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 220/2006-RCA

    Fecha: 18-Jul-2006

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional, a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE y arts.  7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve APROBAR la la Resolución de 10 de enero de 2006, cursante a fs. 18, pronunciada por el Juez Segundo de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • I.2. Resolución
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • las resoluciones de rechazo
    • I.-
    • los defectos formales, que son los previstos en los numerales I, II y V del art. 97, podrán ser subsanados
    • ese hecho debe estar debidamente acreditado con prueba pertinente
    • Fragmento 9
    • II.4.  Análisis del caso de autos
    • APROBAR

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