AUTO CONSTITUCIONAL 240/2006-RCA
Fecha: 28-Jul-2006
Fragmento 9
En la problemática planteada, de la compulsa de antecedentes remitidos a este Tribunal, se colige que el presente recurso fue interpuesto el 24 de enero de 2006, tal cual se acredita por el sello de recepción cursante a fs. 179 del expediente, y la Resolución impugnada es el Auto de Vista 53/2005, de 27 de junio, pronunciado por las autoridades recurridas en grado de apelación, dentro del proceso ejecutivo seguido por la Aduana Nacional Regional Tarija contra la empresa representada por el recurrente, Fortaleza S.A. Seguros y Reaseguros, cuyo representante legal fue notificado el 28 de junio de 2005, conforme se evidencia de la diligencia de notificación cursante a fs. 129 de obrados; lo cual significa que el presente recurso ha sido interpuesto después de seis meses y 26 días, de haber tomado conocimiento del supuesto acto ilegal denunciado; situación que ratifica la declaratoria de improcedencia in limine del recurso, por su extemporaneidad.