SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0740/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0740/2006-R

Fecha: 27-Jul-2006

a)

Las autoridades recurridas, presentando el informe correspondiente, señalarón lo que sigue: a) que obraron con jurisdicción y competencia emanada de la ley; b) que no se actuó en forma ultrapetita como afirma el recurrente, sino que se observó las pruebas existentes y no se vulneró ningún derecho; c) la Resolución ahora impugnada no carece de fundamentación, por lo que solicitan se deniegue el amparo, al no ser evidentes las violaciones esgrimidas por el recurrente.

El recurrente señala que las autoridades recurridas restringieron y suprimieron sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y al debido proceso, al resolver el recurso de casación y dictar la Resolución de Casación de 8 de junio de 2005, casando parcialmente la Resolución de apelación de 18 de enero de 2005 y, declarando probada parcialmente la demanda, disponiendo que su persona -ahora recurrente- pague la suma de Bs12.250.- a favor de Viturino Batista Da Silva, por las siguientes razones: a) el recurso de casación presentado fue admitido por la Sala recurrida sin cumplir la disposición contenida en el art. 258.II del CPC; b) el Auto Supremo impugnado carece del fundamento de ley exigido, de citar las normas pertinentes sobre las que basa su parte resolutiva, además de no cumplir con las normas de orden procesal que de acuerdo al art. 90 del CPC, son de orden público y obligatorias. Antes de abordar el tema de fondo, corresponde previamente establecer si se han cumplido las formalidades previstas para el recurso garantizando el derecho a la defensa del tercero interesado.