AUTO CONSTITUCIONAL 248/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 248/2006-RCA

Fecha: 14-Ago-2006

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

La recurrente señala que en el ejercicio de su derecho al trabajo y comercio, ocupaba dos puestos de venta municipales ubicados en la calle Cliza entre la av. Ayacucho final Sud y calle Angostura, uno a su nombre y otro a nombre de un pariente; empero, por razones de fuerza mayor tuvo que ausentarse a la localidad de Yapacani, por lo que al regresar de dicha localidad se vio sorprendida al saber que dichos puestos habían sido desocupados por orden y acción de los dirigentes de la Asociación de Comerciantes “San Andrés” a la cabeza de su Presidente y  el actual ocupante ilegal Marco Rocha, despojándole de su medio de subsistencia sin ninguna autorización municipal, mas aún cuando ésta es atribución privativa del municipio y no de persona particular, conforme el art. 85 de la LM. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existen o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional.