Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0071/2006
Fecha: 22-Ago-2006
II.5.
II.5. Mediante memorial presentado el 2 de mayo de 2005, la compañía recurrente a través de su representante legal interpuso el presente recurso directo de nulidad contra la misma RA SPVS IS 250, de 13 de marzo de 2006, dictada por el ahora recurrido, en su calidad de Superintendente a.i. de Pensiones, Valores y Seguros (fs. 28 a 31 vta.). Luego de haberse subsanado el recurso se admitió el mismo mediante AC 284/2006-CA, de 6 de junio, (fs 42 a 44), constando que la autoridad recurrida fue citada con la demanda el 21 de junio de 2006 (fs. 136).