SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0782/2006-R
Fecha: 14-Ago-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El recurrente en el escrito presentado el 5 de julio de 2006 (fs. 16 a 19), manifiesta que el 3 de noviembre de 2005, su representado fue ilegalmente detenido en inmediaciones de la terminal de buses por miembros de la Policía Nacional, sin exhibir mandamiento alguno de aprehensión, sino simplemente una citación de la Fiscal recurrida con la que fue conducido ante esta autoridad en calidad de detenido, vulnerando los arts. 128, 129 y 227 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
Explica que la Fiscal emitió dos citaciones para su representado, la primera el 14 de octubre de 2005, que no le fue notificada ni está representada y la segunda de “31 de noviembre de 2005”, que le fue entregada el 3 de noviembre de 2005 con la que fue detenido y conducido a la ex Policía Técnica Judicial (PTJ), donde al promediar las 22:00 horas se le obligó a firmar un acta de presentación, apersonándose voluntariamente el 4 de noviembre de 2005 a horas 9:00, sin embargo a momento de fundamentar la imputación formal la Fiscal indicó que existía peligro de fuga y de obstaculización, lo que fue reiterado en audiencia de medidas cautelares, aspectos que son totalmente falsos ya que tales riesgos jamás existieron en el transcurso de la etapa preparatoria.
Relata que el 9 de junio del año en curso presentó otro recurso de hábeas corpus, denunciando que miembros de la Policía Nacional vestidos de civil lo interceptaron en la terminal de buses y lo condujeron ante la Fiscal sin ningún mandamiento de aprehensión, en cuya audiencia de manera sorprendente la Fiscal hizo aparecer un mandamiento de aprehensión contra su representando, pese a que habiendo accedido al cuaderno de investigación cinco horas antes de la audiencia, éste no existía, haciéndose aparecer asimismo una citación de 14 de octubre de 2005, que no se encontraba representada por ninguna autoridad, extremos que se hicieron conocer al Juez de hábeas corpus sin que lamentablemente hayan sido tomados en cuenta.