Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0787/2006-R
Fecha: 15-Ago-2006
b)
b) Ante el desconcierto de los funcionarios del penal de Chonchocoro en sentido de que entre los posibles liberados, algunos tenían audiencia de juicio oral en la localidad de Achacachi, la recurrida emitió la Resolución complementaria al amparo de lo previsto por el art. 125 del CPP, disponiendo la revocatoria de la libertad irrestricta de alguno de los recurrentes, al existir en su contra otros procesos en los que se dispuso medidas cautelares personales.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando existan acciones dilatorias que entorpezcan o impidan que el beneficio concedido pueda efectivizarse de inmediato
- III.2.
- III.3.
- APROBAR