SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0793/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0793/2006-R

Fecha: 15-Ago-2006

b)

b)  El motivo por el que no se remitió en forma oportuna el cuaderno procesal al juez de turno durante la vacación judicial, no les es imputable directamente a los recurridos ya que se debió a la negligencia del Oficial de Diligencias, quien no ha sido demandado, y de la misma parte recurrente que oportunamente no estuvo vigilante de su causa, procurando que el expediente sea remitido donde corresponda, debiendo ahora necesariamente esperar la finalización de la vacación judicial y en su momento lograr el señalamiento y resolución oportuna de su petición de cesación de su detención preventiva.