AUTO CONSTITUCIONAL 270/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 270/2006-RCA

Fecha: 05-Sep-2006

II.3.

II.3.  En el caso de autos, de la minuciosa y exhaustiva revisión de la demanda, se constata que el recurrente si bien cumplió los requisitos previstos por el art. 97.III, y IV de la LTC, referidos a la relación precisa de los hechos y la indicación de los derechos supuestamente vulnerados, dado que el hecho denunciado es el envío de una nota de su anterior empleador PRODEM S.A.,  a la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, que motivó su retiro del trabajo que tenía en otra institución, vulnerando con ello supuestamente sus derechos al trabajo y a la petición, consagrados en el art. 7 inc. d) y h) de la CPE.