SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0864/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0864/2006-R

Fecha: 04-Sep-2006

III.2.2.

III.2.2.   Por otra parte, respecto a que: a) no se le emplazó legalmente para    que asista a la audiencia de declaración informativa a efectos de preparar su defensa por el supuesto delito de tentativa de asesinato ni se permitió la presencia de sus familiares, en desconocimiento del principio de publicidad; b)  pese a que su derecho a la defensa dependía de que se le franquee fotocopias del cuaderno de investigación, su solicitud fue diferida hasta el lunes aduciendo que no se trabajaba los días sábados; es necesario aclarar que son extremos que hacen a supuestas lesiones al debido proceso, por ello no es posible su análisis ni consideración a través de esta acción tutelar, por cuanto a través del recurso de hábeas corpus, sólo es posible considerar las lesiones a la garantía del debido proceso, cuando como efecto de ellas, se amenaza, restringe o suprimen los derechos bajo protección de este recurso; en cuyo mérito, todo otro acto que implique procesamiento y no esté directamente relacionado con el derecho fundamental a la libertad física o de locomoción, deberá ser denunciado en la jurisdicción ordinaria y posteriormente en esta jurisdicción, a través del amparo constitucional, siempre que se hubieran agotado todos los recursos ordinarios.