Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0864/2006-R
Fecha: 04-Sep-2006
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III, 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional REVOCAR la Resolución de 25 de julio de 2006, cursante de fs. 14 a 15, pronunciada por el Juez de Partido de Muyupampa de la provincia Luis Calvo de Chuquisaca; y en consecuencia declara IMPROCEDENTE el recurso interpuesto por el recurrente.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- procedente
- II.1.
- II.2.
- a)
- III.1. Sobre la supuesta aprehensión ilegal Fiscal y policial y la posibilidad de acudir ante el Juez Cautelar reclamando los actos ilegales.
- III.2.1.
- III.2.2.
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad
- REVOCAR