SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0906/2006-R
Fecha: 18-Sep-2006
II.5.
II.5. Por memorando RR.HH. 870/2005, de 18 de octubre (fs. 13), el Director General de Asuntos Administrativos del Ministerio de Gobierno, comunicó a Claudia Pastén Alarcón que, a partir de esa fecha, debía desempeñar funciones como Administradora Distrital dependiente de la Dirección General de Asuntos Administrativos, en Potosí, ciudad a la que debía constituirse en el plazo de cuarenta y ocho horas.
En 19 de octubre de 2005 (fs. 14 a 15), la funcionaria representó ante la referida autoridad esa decisión, alegando su embarazo, y recibió la respuesta por nota MG/D.G.A.A. 514/2005, de 21 de octubre (fs. 16 a 17), en la que le indica que todo funcionario debe acatar las transferencias y cambios de lugar de trabajo que sean dispuestas, al margen que ese traslado no afecta a su gestación.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0785/2003-R,
- es viable este amparo como mecanismo rápido y eficaz
- “
- Fragmento 16