SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0927/2006-R
Fecha: 19-Sep-2006
concediendo
Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso pronunció Resolución concediendo el amparo solicitado, disponiendo que las autoridades recurridas otorguen el mismo nivel salarial que percibían los actores antes de su retiro, con carácter retroactivo. Como fundamentos señalan: 1) si bien la Resolución de la Superintendencia no ordena expresamente el retorno de los recurrentes al mismo cargo y nivel salarial, ello está implícito; 2) el Decreto Supremo (DS) 26319 no contiene previsiones de ejecución forzosa de las determinaciones del Superintendente General del Servicio Civil, cuya omisión importa transgresión o conculcación al art. 37 del indicado Decreto con relación a los derechos reconocidos por el Estatuto del Funcionario Público, vulnerándose los derechos al debido proceso, seguridad jurídica y a una remuneración justa.