Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0927/2006-R
Fecha: 19-Sep-2006
II.9.
II.9. Por oficio de 18 de octubre de 2004, ambos recurrentes solicitaron al Director General de Asuntos Administrativos repuesta a sus notas, así como el cumplimiento de las Resoluciones de la Superintendencia del Servicio Civil (fs. 10 a 12). Ante la falta de respuesta, interpusieron recurso de amparo constitucional que fue declarado procedente mediante Resolución 49/2004, de 22 de octubre, pronunciada por la Sala Civil Primera y que en revisión fue revocada por SC 0496/2005-R, de 10 de mayo, con el fundamento de que los recurrentes debieron acudir al órgano que emitió las Resoluciones para exigir su cumplimiento.