AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2007-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2007-ECA

Fecha: 30-Ene-2007

b)

b) Respecto a los derechos vulnerados, se tiene que el Tribunal de amparo, en la Resolución SCII-154/2006, aprobada en parte por este Tribunal, en el último párrafo del punto 10, señaló que: “(…) se encuentra suficiente prueba en el expediente como para que los Vocales recurridos puedan resolver el fondo de la excepción de prescripción planteada por los hoy recurrentes de amparo, por lo que al no haber obrado de esa manera, han incurrido en denegación de justicia, afectando el derecho a la defensa, el debido proceso y la seguridad jurídica (…)”.