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    AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2007-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2007-RCA

    Fecha: 05-Ene-2007

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    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • improcedencia in límine
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1
    • el recurso no podrá ser presentado cuando el plazo de los seis meses esté superabundantemente vencido
    • la inmediatez no sólo debe ser entendida como la no interposición del recurso de amparo constitucional dentro del plazo de seis meses
    • el término máximo para la interposición del amparo constitucional es de seis meses
    • APROBAR

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