SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0004/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0004/2007-R

Fecha: 08-Ene-2007

III.1.

          Para luego continuar señalando la referida Sentencia Constitucional: “(…) si bien la efectivización de una orden de arraigo está sujeta a un trámite previo regulado por el DS 24423,éste debe ser realizado en el menor tiempo posible, de manera que, una vez practicado el arraigo en el Registro Nacional, el plazo para expedir el correspondiente certificado de arraigo no debe exceder de las veinticuatro horas, por depender del mismo la materialización de la libertad física de la persona interesada”.