SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2007-R

Fecha: 29-Ene-2007

a)

El Fiscal recurrido informó lo siguiente en audiencia: a) en vista a que su persona viene investigando varios hechos delictivos de robo agravado de joyas y dinero perpetrados en la zona Sur de El Alto de La Paz, en los que habrían participado súbditos colombianos, en su mayoría actuaciones que se adecuan al tipo penal de organización criminal, por lo que solicitó al Juez de Instrucción el mandamiento de allanamiento, debido a que uno de los vehículos denunciados fue visto ingresando al domicilio allanado; b) tomando en cuenta las investigaciones, se tuvo conocimiento que los tres inmuebles allanados guardaban relación con los hechos, en dicho allanamiento se cumplió con lo que establece el art. 183 del Código de Procedimiento Penal (CPP), no es evidente que se hubiera obrado precipitadamente o basado en una mala información como hace referencia la recurrente; c) no es evidente que hubieran ingresado rompiendo candados y chapas, por el contrario tocaron la puerta y se hizo conocer el mandamiento de allanamiento a Irma Arias de Ortega, al igual que a Heidie Ortega Arias a horas 7:15 a.m.; d) no es evidente que estuvieran encapuchados, de igual modo procedieron en todos los inmuebles allanados; e) en el primer inmueble encontraron un vehículo muy parecido al que estaban buscando y que no tenía placas por lo que están en proceso de investigación para determinar si  se podría relacionar con el que están buscando; f) el acta de allanamiento fue firmado por la propietaria, las demás personas rehusaron firmar; g) José Calvo funcionario de inteligencia participó en calidad de apoyo tomando en cuenta la peligrosidad de la organización criminal; h) la recurrente pudo acudir ante el Juez cautelar para reclamar la supuesta vulneración de sus derechos y únicamente agotadas las instancias puede acudir al hábeas corpus, toda vez que los señores no están perseguidos, detenidos ni procesados indebidamente. 

El correcurrido José Calvo aclaró que no pertenece a inteligencia del Estado, sino al Centro Especial de Investigación Policial dependiente de la Dirección Nacional de Inteligencia, que es un organismo dedicado a la investigación de organizaciones criminales y de apoyo a la Policía Técnica Judicial (PTJ).