SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0039/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0039/2007-R

Fecha: 31-Ene-2007

improcedente

Concluida la audiencia el Juez de hábeas corpus pronunció Resolución que declaro improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) El recurrente pretende la nulidad de obrados por la concurrencia de actividad procesal defectuosa en la tramitación de la causa, constatándose que aún falta la lectura de Sentencia y en su caso contra ésta la vía recursiva, resultando  que el recurso en su parte argumentativa está dirigido a demostrar la presunta vulneración de la garantía el debido proceso y no al derecho a la libertad de locomoción, no siendo el hábeas corpus, el recurso idóneo; 2) el Juez recurrido no ha dispuesto se expida mandamiento de aprehensión o condena contra el recurrente, que conculque su derecho a la libertad de locomoción, además de no haber estado en indefensión absoluta, por cuanto se apersonó contestando la querella y ofreciendo pruebas de descargo,  así como corrigiendo sus generales de ley; 3) si dentro de un proceso judicial se lesiona el derecho al debido proceso, una vez agotados los medios de impugnación, se activa el recurso de amparo constitucional; 4) no se ha establecido la vulneración del derecho a la libertad del recurrente que se manifieste en una detención o persecución indebida y que merezca la tutela prevista en el art. 18 de la CPE.