SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0774/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0774/2007-R

Fecha: 02-Oct-2007

concediendo

El Tribunal dictó Resolución concediendo el amparo solicitado, dejando sin efecto el Acuerdo 231/2006 y la Resolución 204/2006, disponiendo la restitución inmediata de la recurrente a su fuente de trabajo con el goce de sus haberes devengados. Como fundamentos se señalan: 1) El cargo se obtuvo por convocatoria pública y concurso de méritos, conforme a lo establecido por los arts. 18 a 23 del Reglamento de la Carrera Administrativa del Poder Judicial, habiendo a la fecha de su destitución cumplido con los procesos de ingreso, prueba y evaluación previstos en dicho Reglamento; 2) Los Directores Distritales son responsables civil, penal y administrativamente de sus actos, de ahí que no reúnen las características de personal de confianza sino que responden a objetivos, criterios y fines de la institución, por lo que conforme al art. 5 del Reglamento de la Carrera Administrativa del Poder Judicial están sujetos a las normas de la carrera administrativa del Poder Judicial; 3) Pretender subsumir las funciones de los Directores Distritales a la categoría de personal de confianza, libre nombramiento y remoción sería desconocer la naturaleza de sus funciones y obligaciones; 4) Conforme al principio de legalidad, no basta señalar que los cargos de Director Distrital son de confianza, sino es necesario que exista la suficiente reserva legal para establecer una determinada situación; 5) La recurrente fue cesada en sus funciones sin que concurra causal alguna, menos proceso previo que demuestre la existencia de un motivo legal, violando el principio de legalidad, la garantía del debido proceso y el derecho a la seguridad jurídica, dejándola en completa indefensión.