Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0229/2007-RCA
Fecha: 12-Dic-2007
improcedente
La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, constituida en Tribunal de amparo, mediante Resolución 09/2007 de 15 de agosto, cursante de fs. 154 a 155 vta., declaró improcedente el recurso de amparo constitucional argumentando que desde la fecha en la cual las recurrentes tuvieron conocimiento de la Resolución que supuestamente vulnera sus derechos, 7 de febrero de 2007, hasta la interposición del presente recurso han transcurrido más de los seis meses que la jurisprudencia constitucional establece, existiendo improcedencia por inmediatez.