AUTO CONSTITUCIONAL 519/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 519/2007-CA

Fecha: 12-Dic-2007

cuya decisión dependa

Consecuentemente, al momento de interponerse el presente incidente, no existía ninguna instancia legal pendiente de resolución a la cual se deba aplicar la norma cuya constitucionalidad se cuestiona, incidente de inconstitucionalidad que en todo caso debió ser planteado por el Banco Unión S.A. antes de la emisión de la resolución del auxilio judicial y los Autos de 19 de octubre y 24 de mayo de 2007, pero no una vez pronunciados los mismos, toda vez que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad sólo procede en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos, circunstancia que determina el rechazo del recurso al carecer de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.