SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0816/2007-R
Fecha: 06-Dic-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega que la autoridad recurrida, ha vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, a la libertad y al debido proceso, por cuanto dentro del proceso penal que le siguió el Ministerio Público por delitos relacionados con el narcotráfico, fue notificado con el Auto de Vista en el domicilio procesal y no en forma personal, impidiéndole de esta manera pueda recurrir ante la Corte Suprema de Justicia, motivando que ilegalmente se ejecutoríen la Sentencia, encontrándose indebidamente detenido como efecto de la ejecución del mandamiento de condena. En consecuencia, corresponde en revisión, determinar si los extremos demandados son evidentes y si merecen la protección que brinda el art. 18 de la CPE.