SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0848/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0848/2007-R

Fecha: 12-Dic-2007

III.3.

III.3.   Respecto al término empleado en la Resolución del Tribunal de hábeas corpus, corresponde aclarar que la SC 1262/2005-R de 14 de octubre, señaló lo siguiente: “(…) el empleo de los términos 'concede' o 'deniega' se aplican a las resoluciones dictadas dentro de los recursos de amparo constitucional, en tanto que en las de hábeas corpus, debe mantenerse el uso de los términos 'procedente' e 'improcedente' según sea el caso”.