SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0874/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0874/2007-R

Fecha: 12-Dic-2007

III.2.

III.2. En la problemática planteada se establece que el Alcalde recurrido estaba en pleno conocimiento del estado de gravidez de la recurrente y posteriormente, del nacimiento de su hijo, pese a lo cual, cuando ésta quiso reincorporarse a su trabajo una vez cumplida su baja postnatal, le notificó el 4 de mayo de 2006 con el memorando de agradecimiento de servicios, habiendo hecho caso omiso a los recursos de revocatoria y jerárquico planteados por la recurrente para dejar sin efecto esa ilegal decisión. Con estas actuaciones, el Alcalde recurrido cometió actos ilegales que vulneraron el art. 1 de la Ley 975, al igual que los derechos de la recurrente al trabajo y a la seguridad social, no así el derecho a emitir libremente sus ideas. Asimismo, el Alcalde recurrido violó el derecho a la vida, a la salud y a la seguridad no sólo de la recurrente sino de su hijo recién nacido, sin que pueda ser tomado en cuenta lo aseverado por el abogado del Alcalde recurrido en sentido de haberse dejado sin efecto el despido de la recurrente, por cuanto no acreditó con prueba alguna la adopción de esa medida ni la correspondiente notificación a la afectada, correspondiendo en consecuencia, otorgar la tutela solicitada por la recurrente.