SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0886/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0886/2007-R

Fecha: 12-Dic-2007

Fragmento 9

   III.3.  En cuanto a la segunda parte de la denuncia, vale decir la omisión de expedirse oportunamente mandamiento de libertad dictada que fue la Resolución disponiendo la suspensión condicional del proceso, se tiene que dicha dilación por lo injustificada, ciertamente lesiona el derecho a la libertad del actor; por cuanto las condiciones y términos impuestos, se entiende, deberán ser cumplidas en libertad, por lo que no se comprenden las razones por las que el Juez recurrido esperó desde el 4 de julio hasta el 2 de agosto para expedir el correspondiente mandamiento de libertad condicional, pese a existir inclusive solicitud expresa del justiciable, cuando estando en juego el derecho a la libertad de cualquier ciudadano, las autoridades y funcionarios judiciales y administrativos tienen la obligación de actuar con la mayor celeridad posible y dar la prioridad del caso a los asuntos relacionados con personas que se encuentran privadas de libertad como es el caso del recurrente, dilación que por si sola configura y constituye un acto ilegal que restringe el derecho a la libertad y abre la tutela que brinda el presente recurso.