Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0038/2007-RCA
Fecha: 06-Feb-2007
rechazó in limine
La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, constituida en Tribunal de amparo, por Resolución 03/2006, de 24 de octubre, cursante a fs. 25 y vta., rechazó in limine el recurso, al haberse incumplido los requisitos exigidos por el art. 97.III, IV y IV de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), con el argumento que el recurrente no precisó los derechos y garantías presuntamente vulnerados por las autoridades recurridas, limitando su petitorio a la admisión del recurso y señalamiento de audiencia.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazó in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- la improcedencia
- previamente agote los medios ordinarios o administrativos de defensa para la tutela de derechos fundamentales o garantías constitucionales
- : 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a)
- II.4. Análisis del caso elevado en revisión
- APROBAR