AUTO CONSTITUCIONAL 099/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 099/2007-CA

Fecha: 27-Feb-2007

I.2.

I.2. Elevada dicha Resolución en consulta ante este Tribunal Constitucional, la Comisión de Admisión, por AC 599/2006-CA, de 28 de noviembre, aprobó el rechazo de la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, señalando que las Resoluciones cuestionadas no tienen alcance general, sino que son aplicables únicamente al caso concreto, por lo que no tienen naturaleza normativa; por otra parte, una vez que en la demanda se hizo referencia a que las autoridades administrativas actuaron usurpando funciones y ejerciendo potestad que no emana de la Ley, se aseveró que la lesión del art. 31 de la CPE, no corresponde ser resuelta a través del recurso de inconstitucionalidad, por cuanto para ello existen medios o recursos que la propia Constitución Política del Estado reconoce.