SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0060/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0060/2007-R

Fecha: 08-Feb-2007

1)

El abogado del recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía señalando: 1) El hijo de su patrocinado ha cumplido su mayoría de edad, por lo tanto es capaz de ejercer por sí mismo sus derechos y obligaciones, como en el caso presente, es el único que puede solicitar la asistencia familiar por ser el beneficiario; 2) No obstante que se hizo conocer esta situación a la Jueza recurrida, dicha autoridad ha expedido el mandamiento de apremio en contra de su cliente estando en riesgo su libertad personal; 3) El Tribunal Constitucional en la SC 0887/2004-R, ha establecido en cuanto a la asistencia familiar, que efectivamente este es un derecho fundamental que no puede ser renunciado por ningún motivo y que es de oportuno y cabal suministro, sin embargo, la misma Sentencia ha precisado que solamente son los beneficiarios mayores de edad los que pueden reclamar su cabal y estricto cumplimiento y no así la madre cuando los hijos son mayores de edad. Más aún, cuando el hijo del ahora recurrente, apeló la Resolución que aprobó la liquidación de la asistencia familiar señalando que él no estaba solicitando ninguna liquidación, aunque por presiones morales de su madre lo retiró.