SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0074/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0074/2007-R

Fecha: 13-Feb-2007

III.3.

III.3. Dilucidado el caso en cuestión y concedido el recurso, es pertinente aclarar que al no ser posible la devolución del inmueble expropiado por estar construido en ese lugar un parque público, debe seguirse la modulación jurisprudencial efectuada por la SC 1671/2003-R, y ordenarse el pago total del justiprecio de la expropiación al Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz, para lo cual dicho monto deberá ser incluido en el POA de la siguiente gestión municipal.