Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2007-RCA
Fecha: 13-Mar-2007
Fragmento 1
En revisión la Resolución 11/2006, de 2 de diciembre, cursante de fs. 35 a 36, pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Leovigildo Alfaro Cadena contra Rosa Eva Martínez Cavero y Sandra Pacheco de Kolle, Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, petición y defensa, previstos en los arts. 7 incs. a) y h) y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- improcedencia in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC
- 1.
- la improcedencia
- previamente agote los medios ordinarios o administrativos de defensa para la tutela de derechos fundamentales o garantías constitucionales
- : 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a)
- II.4. Análisis del caso elevado en revisión
- APROBAR