AUTO CONSTITUCIONAL 0091/2007-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0091/2007-RCA

Fecha: 19-Mar-2007

II.2.1.

II.2.1. Con carácter previo a resolver la presente problemática, cabe señalar que entre los fundamentos esgrimidos en la Resolución 272/2006, está el hecho de que la recurrente no hubiera reclamando en su momento los extremos demandados en el presente recurso, puesto que -como indica el Tribunal de amparo- “una vez citada con la demanda y Auto Intimatorio el 4 de junio de 2001 después de más de un año se apersonó el 19 agosto de 2002 para solicitar fotocopias legalizadas, para recién el 9 de octubre del mismo año interponer el incidente de nulidad sobre el acuerdo transaccional arribado entre la ejecutante y el esposo de la recurrente, co-demandado” (sic.).