APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31 inc. 4) de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, APRUEBA la Resolución de 28 de enero de 2007, pronunciada por la Jueza Sexta de Instrucción en lo Penal Cautelar del Distrito Judicial de Cochabamba, por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, interpuesto por Jorge Guillen Camacho, demandando la inconstitucionalidad del art. 211 del CP.
