APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de la atribución que le confiere el art. 31. inc. 1) concordante con el 33. I inc. 1) de la LTC, dispone APROBAR la Resolución 02/2007, de 7 de febrero, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que rechaza la solicitud para promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por los representantes legales de la Empresa Agropecuaria Marcela Leticia Ltda.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazó
- II.2.1.
- resolución no judicial,
- confronte el texto de la norma impugnada con el de la Constitución Política del Estado
- supondrá que no existe ninguna norma objetada que implique la vulneración de un derecho fundamental
- II.2.3.
- no tiene competencia para conocer y resolver sobre fallos, sentencias, autos y otras resoluciones que dicte el Poder Judicial a través de sus jueces y magistrados”.
- APROBAR
