II.1. Atribución de la Comisión de Admisión
El recurso directo de nulidad es una acción jurisdiccional de control de legalidad sobre los actos o resoluciones de las autoridades públicas, con la finalidad de declarar expresamente la nulidad de los actos invasivos o usurpadores de las competencias delimitadas por la Constitución y las leyes, y que opera como un mecanismo reparador a objeto de materializar la garantía contenida en el art. 31 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- II.1. Atribución de la Comisión de Admisión
- 1)
- II.2. De la procedencia del recurso directo de nulidad y la ratio legis del art. 31 de la CPE
- pretender impugnar decisiones dentro de procesos judiciales o administrativos con el argumento de que han sido dictadas sin competencia, constituye un uso indebido del recurso directo de nulidad
- II.3.
- la vía del amparo constitucional se activa en los supuestos en los que se produzca una severa lesión al derecho al debido proceso
- se activa la vía del recurso directo de nulidad
