pretender impugnar decisiones dentro de procesos judiciales o administrativos con el argumento de que han sido dictadas sin competencia, constituye un uso indebido del recurso directo de nulidad
Por cuanto, "(…) pretender impugnar decisiones dentro de procesos judiciales o administrativos con el argumento de que han sido dictadas sin competencia, constituye un uso indebido del recurso directo de nulidad, que no sólo desvirtuaría el sentido y alcances de este instituto jurídico, sino que determinaría la producción de una carga procesal injustificada por el uso inadecuado del mismo, que podría producir un colapso en la labor jurisdiccional del Tribunal Constitucional" (AACC 426/2001-CA y 278/2003-CA, SC 0091/2003, de 16 de septiembre, entre otras).
- Fragmento 1
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- II.1. Atribución de la Comisión de Admisión
- 1)
- II.2. De la procedencia del recurso directo de nulidad y la ratio legis del art. 31 de la CPE
- pretender impugnar decisiones dentro de procesos judiciales o administrativos con el argumento de que han sido dictadas sin competencia, constituye un uso indebido del recurso directo de nulidad
- II.3.
- la vía del amparo constitucional se activa en los supuestos en los que se produzca una severa lesión al derecho al debido proceso
- se activa la vía del recurso directo de nulidad
