Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0106/2007-R
Fecha: 06-Mar-2007
II.8.
II.8. Mediante Auto de Vista incidental de 9 de septiembre de 2005, los Vocales recurridos declararon admisible el recurso de apelación y por tanto, procedente la apelación planteada por Cid David Vaca Diez Gonzáles a través de su representante legal, Daniel Alfonso Vidal Rosado, contra el Auto del inferior (fs. 99 y vta.).