Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0107/2007-R
Fecha: 06-Mar-2007
procedente
La Resolución 01, de 24 de enero de 2007, cursante de fs. 29 a 30 vta., declaró procedente el recurso, con el argumento de que la autoridad judicial recurrida desde el 19 de diciembre de 2006 hasta el 18 de enero de 2007, en que realizó la audiencia pública de fianza juratoria, prolongó indebidamente la detención de la representada de la recurrente, quien obtuvo su libertad recién el 22 de enero del presente año, desconociendo de esa manera el principio de celeridad procesal consagrado por la Constitución Política del Estado que impone a quien administra justicia el deber jurídico de despachar con prontitud los asuntos sometidos a su juzgamiento y vinculados a la libertad personal.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- está en la demora o dilación indebida de una solicitud de tal naturaleza
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.3.