SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0111/2007-R
Fecha: 07-Mar-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente alega la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso, a la defensa, al trabajo y a una justa remuneración, en razón a que los Vocales recurridos, en el Auto de Vista de 20 de septiembre de 2005, desconocieron los fundamentos de la SC 0772/2005-R, fallaron ultra petita sobre extremos no impugnados ni fundamentados e hicieron una incoherente e ilegal interpretación del art. 236 del CPC, pues pese a confirmar la Sentencia apelada, sin ninguna competencia la complementaron basados en un mal planteado recurso de apelación de la parte ejecutante contra la providencia de complementación y no contra la Sentencia; asimismo, pronunciaron dicho Auto de Vista sin razonamiento jurídico ni sostén en la normativa vigente y violaron el art. 237 del CPC que no prevé la complementación como forma de resolución de un recurso de alzada. Consiguientemente, corresponde analizar en revisión si los hechos reclamados se encuentran dentro del ámbito de protección que otorga el art. 19 de la CPE.