SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0116/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0116/2007-R

Fecha: 12-Mar-2007

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En los memoriales presentados el 27 de marzo y 1 de abril de 2006 (fs. 54 a 58 vta. y 61 a 62 vta.), los recurrentes arguyen que la autoridad recurrida sin explicación legal o razonable alguna, negó a la anterior apoderada de sus representados y de Sissy Gigliola Bersatti Mukay, la entrega de sus respectivas boletas de pago correspondientes a enero de 2006 por su trabajo como funcionarios públicos de la Brigada Parlamentaria de Beni.

Explican que al no poder trasladarse a La Paz, enviaron una carta notariada de Beni, acompañando fotocopias de sus cédulas de identidad con sus respectivas rúbricas al pie de las mismas, documentación que la referida apoderada la presentó ante la autoridad recurrida, vía Presidente del Senado, el 6 de marzo de 2006; sin embargo, hasta la fecha de interposición del presente recurso, no recibieron respuesta alguna, además la Asesora del Senado y el Director de Recursos Humanos, les indicaron que sus representados y la citada correcurrente, no existían, que eran “fantasmas” (sic), que no siguieron el procedimiento, manifestando que los poderes no eran válidos porque se los presentó en fotocopias simples, y los documentos originales permitían su cobro en la entidad bancaria, por lo que era imposible dejar tales fotocopias en la institución.