SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0117/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0117/2007-R

Fecha: 12-Mar-2007

III.2. Caso analizado

En la especie, se tiene que la recurrente arrogándose representación de su hija menor de edad, J. Q. M., señala que ésta se encuentra indebida e ilegalmente detenida por las recurridas, quienes dirigen y administran el Hogar “Marcelina” que es una entidad privada de albergue de madres adolescentes, niñas y niños, dependiente de la Fundación de Hogares “Alalay”; pues la recurrente sostiene que las demandadas le negaron información sobre su hija y no le permitieron entrevistarse con ella.

La presente acción tutelar extraordinaria no puede analizar los hechos denunciados por la recurrente, por cuanto las recurridas representan a una institución de carácter privado, aspecto que determina la improcedencia de este recurso, toda vez que como se desarrolló precedentemente el recurso de hábeas corpus protege exclusivamente la libertad de la persona ante actitudes ilegales o arbitrarias de autoridades públicas, preservándola de persecuciones o detenciones que afecten el derecho a la libre locomoción del individuo y no así la conducta asumida por particulares, cual es el caso específico.

En consecuencia, en sujeción a los alcances de la jurisprudencia antedicha y al ser las personas recurridas, Directora, Visitadora Social y Coordinadora de una institución de carácter privado, que funciona bajo la razón social de Hogar “Marcelina”, hace inviable el recurso por cuanto esta acción tutelar protege la libertad conculcada por actos ilegales u omisiones indebidas cometidas por autoridades públicas, no siendo por ende extensiva a particulares. En ese sentido se pronunció este Tribunal resolviendo casos análogos (SSCC 0121/2005-R, 1444/2005-R, 0622/2006-R, entre otras).