SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0192/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0192/2007-R

Fecha: 27-Mar-2007

III.2.

III.2. En el caso examinado, es de aplicación la jurisprudencia glosada por cuanto de la documentación que informa los antecedentes del recurso formulado se evidencia que la recurrente, dentro de un proceso seguido contra Benigno Gómez Morales, interpuso tercería de dominio excluyente sobre el bien embargado cuya subasta y remate tenía día y hora de audiencia señalada, habiendo la autoridad recurrida corrido en traslado la misma a las partes dentro del proceso coactivo; empero, al no haberse notificado por el Oficial de Diligencias -no recurrido- con el referido decreto y la tercería que le precede, a las partes, conforme a ley, lo único cierto es que la tercería está en trámite y deberá resolverse conforme se tiene previsto por el art. 364 del CPC. Por otra parte, en cuanto a la falta de presteza del Oficial de Diligencias, no existe evidencia alguna que la recurrente hubiera planteado ante el Juez recurrido reclamo alguno sobre la falta de ejecución de diligencias de notificación por el funcionario responsable; es más, si bien el apoderado de la recurrente se personó ante el Juez con el objeto de requerir providencia respecto de la tercería interpuesta y solicitar que la audiencia de subasta y remate sea suspendida, el Juez recurrido, puso en conocimiento de la tercerista que esté al traslado corrido, sin que la determinación hubiera sido impugnada ante el superior de grado, y sólo después de agotar todos los recursos a su alcance, acudir a la vía del recurso de amparo constitucional.