AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2007-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0006/2007-O

Fecha: 24-Abr-2007

II.1.

II.1.  Con carácter previo a resolver la denuncia, cabe aclarar que conforme se establece en la relación de antecedentes anteriormente expuesta, no le fue posible a este Tribunal pronunciarse sobre la misma antes o a tiempo de dictar la correspondiente Sentencia Constitucional sobre el asunto, debido a que el informe de la autoridad recurrida sobre los extremos denunciados, fue recibido en la Unidad de Registro e Ingreso de Causas, a horas 11:30 del 29 de enero de 2007, el cual fue puesto en conocimiento del recurrente la misma fecha, habiéndose dictado la SC 0006/2007 de 30 de enero, o sea al día siguiente, lo que obviamente imposibilitó un pronunciamiento al respecto en el fallo, ya que el traslado corrido al recurrente fue absuelto el mismo 30 de enero de 2007. Asimismo, y conforme se tiene señalado en el AC 0010/2007-ECA, Fundamento  II.8, no correspondía pronunciamiento alguno en el Auto de complementación y enmienda, pues éste, conforme al art. 50 de la LTC únicamente podía referirse a los conceptos obscuros, errores materiales u omisiones que pudiesen existir en la Sentencia dictada y no a cuestiones relativas al trámite del recurso o a los incidentes formulados, por lo que el pronunciamiento respecto a los extremos denunciados se lo hará recién ahora.